|
 |
|
Fundación del Gobierno
Constitucional en El Salvador y Centroamérica V Parte
BASES DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL
El análisis de las Bases constitucionales es sumamente importante
porque al compararlas con las constituciones del Estado del Salvador de
1824 y la Federal, ofrece muchas evidencias sobre el pensamiento en esta
materia en la época y permite señalar las contradicciones que ayudan a
explicar, en gran medida, el estallido de la guerra civil.
Las Bases de la Constitución sentaban los fundamentos de una
constitución republicana, representativa y federal. Teóricamente,
establecían el principio de división de poderes entre un Poder
Legislativo, ejercido por el Congreso Federal; el Poder
Ejecutivo, ejercido por un Presidente; y el Poder Judicial,
ejercido por una Suprema Corte de Justicia. Además, creaban un
cuarto poder, llamado Senado, ejercido por Senadores, que
no era parte de los otros tres poderes si no que que se superponía a
ellos, ejerciendo parte de sus funciones. La existencia de este cuarto
poder es lo que produjo mayor controversia. Más importante aún, cuando
se analizan las funciones de los poderes, es observar que el Ejecutivo y
el Legislativo son extremadamente débiles. El Ejecutivo no participaba
en la elaboración de la ley porque el veto y la sanción eran
atribuciones del Senado. Este, además, proponía las ternas para puestos
en el Ejecutivo. La Corte Suprema no participaba en la elaboración de la
ley y fungía como Cámara de Segunda Instancia en conflictos entre los
Estados, mientras que el Senado se desempeñaba como Corte Suprema. El
Congreso y el Senado tenían poderes casi absolutos. Analizando las Bases
se puede comprobar que el problema fundamental y persistente radicaba en
la organización de los poderes del Estado.
En cuanto a la Constitución de los Estados, las Bases habían
establecido la misma estructura con los mismos defectos, con el
agravante de entrometerse en su organización interna, dando como
resultado cinco constituciones estatales similares que reflejara un
extremo centralismo en la visión de la Asamblea Nacional Constituyente.
Las Bases no establecían que los Estados eran soberanos y no los trataba
como a tales. Así, les dictó una organización de poderes similar a la
estructura de la Constitución Federal. El Poder Legislativo
ejercido por un Congreso de representantes; el Poder Ejecutivo
ejercido por un Jefe de Estado; y el Poder judicial, por
una Corte Superior de Justicia. Sorprendentemente, las Bases
también dictaban la organización de un cuarto poder, llamado Consejo
Representativo, que no era parte de los otros tres poderes clásicos
sino que se superponía y ejercía algunas importantes funciones de ellos.
Es difícil entender la lógica de la existencia de un cuarto poder de
carácter estatal. Cuando se analiza qué funciones ejercía cada poder, se
observan las mismas características de la estructura federal: poder casi
absoluto de la Asamblea Legislativa estatal y el Consejo Representativo,
y debilidad extrema del Poder Ejecutivo y del Judicial.
Las Bases supuestamente eran delineamientos generales para la
discusión constitucional particularizada en los Estados, pero en éstos
no hubo mayor discusión y se tomaron como las bases mismas de las
constituciones definitivas. En San Salvador, los líderes aprovecharon
las Bases para convocar a una Asamblea Constituyente estatal sin que la
Asamblea Nacional Constituyente necesariamente lo hubiera decidido y
hecho. La Asamblea Constituyente del Estado inicio sus sesiones bajo la
presidencia de José María Calderón, el 14 de marzo de 1824. Asistieron a
su instalación diversas personalidades: Mariano Prado, en su calidad
jefe Político, Juan Manuel Rodríguez, Pedro Molina, José Matías Delgado
y Ruperto Trigueros como comandante militar. La Asamblea Nacional
Constituyente reaccionó para tomar la decisión de convocar a congreso
constituyentes en los Estados y a elección de Jefes de Estado el 5 de
mayo de 1824, mes y medio después que el Congreso Constituyente de San
Salvador estuviera instalado.
La Asamblea de San Salvador comenzó a organizar el gobierno y a
legislar. Designó corno Jefe de Estado provisional a Juan Manuel
Rodríguez. el 21 de abril de 1824, inició su trabajo el día siguiente.
Es necesario decir que a Rodríguez se le conoce corno primer Jefe de
Estado pero no es todavía en el marco de la Constitución Federal, que
aún no había sido aprobada ni en el marco de la Constitución del Estado,
que estaba por discutirse. Su posición fue idéntica a la ocupada por el
Triunvirato Ejecutivo nombrado por la Asamblea Nacional Constituyente en
1873. Desde el punto de vista de Constitución Estatal y Federal, Juan
Vicente Villacorta fue el primer Jefe de Estado, electo el 13 de
diciembre de 1824 y Mariano Prado como Vice-Jefe de Estado.
Juan Manuel Rodríguez inició su
gobierno ratificando, el 27 de abril de 1824. la erección del Obispado
de San Salvador. El 4 de mayo, la Asamblea Constituyente del Estado
ratificó la medida decretando lo siguiente:
“1º Se ratifica la elección del primer Obispo, hecha en C. Matías
Delgado a quien se despacharan las credenciales correspondientes;
2º El Obispo electo procederá sin pérdida de tiempo, a tomar el gobierno
de esta nueva Diócesis, conferenciando al efecto con el metropolitano,
conforme a derecho y doctrina de los autores que hablan del caso, sin
comprometer los fueros de la nueva mitra, ni menos las regalías del
Estado;
3º Se extenderá informe documentado y preces de estilo al Sumo
Pontífice, las que el Jefe de Estado dirigirá por conducto mencionado a
Su Santidad, consultando la posible seguridad y prontitud..."
Este decreto dio inicio al famoso cisma eclesiástico que tanto
incidió en el desarrollo de acontecimientos políticos futuros y puso en
problemas a Delgado, quien comenzaría a perder su grande y evidente
influencia y reputación. Jesús Delgado ofrece un buen análisis del
cisma. En síntesis, el problema eclesiástico comenzó cuando Ramón Casaus,
Arzobispo de Guatemala, publicó un edicto el 21 de junio de 1824, en que
se declaraba nula y sin valor la creación de la nueva Diócesis de San
Salvador, y el nombramiento de Delgado como Obispo, y comenzó la
publicación de panfletos desautorizándolo, creándose un problema de
lealtad dividida a favor de Casaus o de Delgado. Al inaugurarse el
Congreso Federal, este cuerpo ratificó, el 18 de 1825, la erección de la
mitra de San Salvador y la designación de Delgado como Obispo.
Lamentablemente, el Senado desaprobó el decreto del Congreso Federal el
5 de agosto de 1825. Con esta desaprobación comenzaba a fracasar el
intento de El Salvador de independizarse en materia religiosa de
Guatemala. En la disputa intervinieren José Simeón Cañas e Isidro
Menéndez, las mejores plumas salvadoreñas en Derecho Canónico, apoyando
la creación de la mitra. En este contexto se inició la prensa escrita en
San Salvador, con la publicación del célebre El semanario político
mercantil, el 31 de julio de 1824. El primer editor de este
semario fue el presbítero José María Castro. Las páginas de El
Semanario fueron usadas para la discusión política y en particular
para dirimir el asunto de la mitra salvadoreña.
En definitiva, la cuestión quedó saldada negativamente para San
Salvador con el pronunciamiento en contra del Papa León XII, de 1 de
diciembre de 1826. Su Santidad dirigió una carta muy severa y amenazante
acusando a Delgado de “sacrílego arrojo", que había
entrado como "ladrón y salteador en el redil de las ovejas”.
El Papa le dio un plazo de cincuenta días, después de recibida la carta,
para que renunciara al Obispado, y de no cumplir sería excomulgado.
Delgado conocía la gravedad de la amenaza y renunció a su cargo de
Obispo asumiendo de nuevo como Vicario General. Delgado desafió al
imperio mexicano, pero sabía que no podía enfrentarse al Papa. La fecha
de la carta del Papa es importante fijarla, porque San Salvador, en esos
días, ya había declarado la guerra gobierno federal de Manuel José Arce.
En esta decisión bélica intervino Delgado y, sin duda, la erección de la
mitra fue parte fundamental que él tuvo en mente. Para ello, ayudaba que
el gobierno continuara siendo federal. La Asamblea del Estado de El
Salvador no solamente legisló en materia religiosa, ya que su trabajo
fundamental fue dotar al Estado de una Constitución.
SUBIR |